En este sentido, desde la Fiscalia informaron al Juez Dr. Alejandro Rosales que para arribar a esta posibilidad debían verificar si las victimas estaban de acuerdo.
Así las cosas, el magistrado resolvió suspender la audiencia preliminar y dispuso que mediante la Oficina Judicial se designe una nueva fecha.
En este contexto, la Fiscalia solicito al Juez el sobreseimiento de Jorge Daniel Taffarel (20) al determinar que no era la persona que conducía la unidad móvil que atropello a la victima en la madrugada del 12 de abril del 2009.
Asimismo se solicito también el sobreseimiento en la imputación como presunto autor de lesiones leves a una menor de edad.
Finalmente el Juez Rosales hizo lugar a las solicitudes del Ministerio Publico Fiscal y dispuso el sobreseimiento de Taffarel.
LOS HECHOS
De acuerdo al Ministerio Publico Fiscal, los hechos que se le atribuyen al acusado son los ocurridos el día 12 de abril de 2009 a las 06:40 horas aproximadamente, en ocasión en que el imputado conducía un rodado Ford Focus por las intersecciones de Avenida Estrada y Avenida San Martín.
Allí al advertir que un joven- con el que previamente habría tenido un conflicto-, se disponía a cruzar la calle y habría descendido del boulevard que divide la Avenida San Martín, el imputado intencionalmente habría acelerado la marcha del rodado y habría desviado el mismo hacia la victima golpeándolo con el neumático delantero y con parte de la carrocería del automóvil, provocando que el joven cayera al piso, con fractura expuesta en la pierna izquierda y lesiones en el cuerpo.
Para los investigadores, aun a pesar de lo imprevisto de la maniobra de Coombes, el damnificado logro evitar que el automóvil lo atropellara, tirando parte de su cuerpo hacia atrás, evitando de esta forma que el acusado lograra su cometido de darle muerte atropellándolo con el automotor.
Asimismo luego de producido el ilícito, el imputado se alejo del lugar dejando a la victima tirado en la calle, donde fue auxiliado por otras personas.
En este contexto, se debe recordar que el hecho reconoce como antecedente un enfrentamiento que habrían mantenido momentos antes la victima y otro joven a la salida de un pub ubicado en Avenida San Martín y Pellegrini. En dicho enfrentamiento también habría participado Coombes haciéndole saber al denunciante que tomaría parte en defensa de su amigo, actuando en esa circunstancia en forma amenazante.
Para el juicio la Fiscalia propondrá 13 medios de prueba testimoniales 10 instrumentales y documentales. Finalmente se informo que se solicitara al magistrado la imposición de una pena de cinco (5) años de prisión para el acusado.
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