miércoles, 8 de abril de 2009

Intendente de Río Mayo fue imputado por “sustracción de caudales públicos”

EN LA INVESTIGACION QUE SE FORMALIZO EN LA FISCALIA DE SARMIENTO TAMBIEN SE IMPUTO AL EX SECRETARIO DE GOBIERNO POR INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PUBLICO
El intendente de Río Mayo, Rubén Carlos Fri, y el ex secretario de Gobierno Municipal, Domingo Solá, están siendo investigados por el Ministerio Público Fiscal de Sarmiento a partir de una denuncia radicada por el dirigente de la mesa municipal de ARI, Norberto Lamy. La causa en cuestión fue formalizada y en tal sentido al jefe comunal se le imputó el delito de “sustracción de caudales públicos”, mientras que para Solá la imputación tiene que ver con el “incumplimiento de los deberes de funcionario público”.
Otro problema para Rubén Fri: está acusado por la justicia por “sustracción de caudales públicos”.

A partir de una denuncia efectuada por el dirigente de la mesa municipal del ARI Río Mayo, el Ministerio Público Fiscal formalizó la apertura de investigación contra el actual intendente, Rubén Carlos Fri, y el ex secretario de Gobierno, Domingo Solá.

En ese marco el titular del Ejecutivo de Río Mayo resultó imputado por el delito “sustracción de caudales públicos en calidad de autor”, mientras que su ex secretario de Gobierno fue imputado por “incumplimiento de los deberes de funcionario público”.

Según la investigación que lleva adelante el funcionario de Fiscalía, Julio Herrera, el intendente Fri habría incurrido en el mencionado delito durante 13 meses a contar desde enero de 2008 y mediante las resoluciones 40 y 41 del Ejecutivo, las cuales fueron registradas el 15 de enero de ese año.

En tal sentido las fuentes judiciales consultadas por Diario Patagónico señalaron que a través de dichas resoluciones se determinó otorgar un concepto no contemplado en el presupuesto anual, herramienta con la cual se permitió sustraer, de la esfera pública, caudales cuya administración le había sido conferida en su calidad de intendente.

Para los investigadores este concepto fue destinado a incrementar sus haberes en la suma de 1.500 pesos, algo que se produjo en forma unilateral y bajo el concepto de “dedicación funcional”.Además, se supo que también se estableció un adicional remunerativo y otro concepto como dedicación funcional para el ex secretario de Gobierno, Domingo Solá, los cuales tampoco habían sido contemplados en el presupuesto anual previsto.

Por tal motivo el funcionario de Fiscalía Julio Herrera también formalizó la investigación contra ex secretario de Gobierno, imputándolo en ese acto por el delito de incumplimiento de los deberes del funcionario público, en el cual habría incurrido en el mismo período que Fri, es decir desde enero de 2008 hasta febrero de 2009.

Al respecto se agregó que cumpliendo funciones como secretario de Gobierno Solá no habría impedido, ni rechazado el cobro adicional de 700 pesos más en sus haberes y bajo el concepto de dedicación funcional, maniobra por la cual llegó a cobrar 1.250 pesos sin haberse cumplido con los recaudos legales pertinentes.

A todo esto se debe mencionar que la malversación de caudales públicos y sus penas figuran en el capítulo VII del Código Penal Argentino y en su artículo 261 se señala que “será reprimido con reclusión o prisión de dos a diez años e inhabilitación absoluta perpetua, el funcionario público que sustrajere caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada por razón de su cargo”.

En tanto en el artículo anterior se indica que “será reprimido con inhabilitación especial de un mes a tres años, el funcionario público que diere a los caudales o efectos que administrare una aplicación diferente de aquella a que estuvieren destinados.

Si de ello resultare daño o entorpecimiento del servicio a que estuvieren destinados, se impondrá además al culpable, multa del veinte al cincuenta por ciento de la cantidad distraída”.
Publicado por Diario El Patagonico.

3 comentarios:

Anónimo dijo...

A estos dos personajes no solo lo tendrian que acusar e imputar por la sustraccion de caudales publicos, sino tambien por incumplimiento de la tarea publica, por defrarudacion al electorado, por fraude electoral, por malversacion de fondos y enrriquesimiento ilicito, por incapacidad de administracion, por corrupcion, por no respetar la supremasia constitucional, por no acatar normas de fondo y de forma,por no respetar las libertades, por no garantizar la distribucion de poderes, por no rendir cuentas, en fin por no respetar la Democracia

Anónimo dijo...

El largo brazo de la ley te va a pegar en la cabeza negro chorro, te cansaste de chuparle la sangre a la propia ge
nte de Rio Mayo, hay que fumigar a este "DENGUE" y a su "LARVA".......

Anónimo dijo...

Encima este chrro solo sabe poner a DIOS en su boca, q estupido!!! no sabe q la justicia divina le va a caer con todo en su conciencia, dejó al pueblo oprimido y triste... perdón es viernes santo pero este pecador tendrá q rendir sus cuentas en la HOGUERA!!!