Sabido es que conforme a lo estipulado por la Ley de “Corporaciones Municipales” Nº 3098, articulo Nº 60 “Constituyen atribuciones y deberes del Concejo Deliberante fijar el sueldo o gastos de representación del Intendente” y que según documentación obrante en poder de Norberto Lamy, referente del ARI Local, Fri habría incurrido en la violación de varios de los artículos de la presente Ley al crear cargos e incrementarse el ingreso posterior a la aprobación del presupuesto anual que no contemplaba estas erogaciones.
Los documentos presentados ante la Fiscalía con asiento en la localidad de Sarmiento son contundentes y conducentes a una investigación que pondría en evidencia al Intendente del ProVeCh que estaría incumpliendo con los deberes de funcionario público. La doctora Andrea Vásquez solicitó para continuar evaluando la veracidad de lo denunciado a la presidencia legislativa que se le remita la Ordenanza donde fue nombrado Domingo Tomas Sóla como Secretario de Gobierno, Ordenanza que regula los sueldos del Intendente y Secretario de Gobierno, Ordenanza 1424/07 y 1426/07, como así también se le informe los ítems que integran del sueldo del Intendente Municipal y del Secretario de Gobierno. En casi idéntico tenor el Ejecutivo también debió responder una misiva solicitándole resoluciones tomadas oportunamente que respalden la posición de defensa.
Cabe consignar en otro orden de cosas que Domingo Sóla desde hace dos semanas ocupa, en su rol de Juez de Paz Suplente, la titularidad de Miguel Fadel y que según fuentes a las que tuvo acceso este medio se habrían hecho presentaciones en torno a un armado de lista del Partido de Proyección Vecinal del Chubut donde se presume la falsificación de firmas que fueran denunciadas por dos vecinos de esta localidad.
Esta denuncia provocó movimientos varios; durante la semana pasada el Intendente Fri habría hecho una fugaz visita al Juez de Paz durante la mañana, seguramente para elaborar una defensa que les permita sortear este percance los involucra a ambos en un acuerdo que habría existido una vez ganadas la elecciones donde los compromisos serían de que el Intendente se le aumentaría el sueldo, mientras que a Sóla se le aumentaría de categoría y sueldo. Lo llamativo de esto es que ambas situaciones no fueron tenidas en cuenta en el presupuesto anual y al ser denunciado esto por otros empleados en el Concejo, el Ejecutivo optó por enviar en tres oportunidades los proyectos de modificación. Claro Ud. se preguntara ¿por qué en tres? Lo cierto es que los tres se ajustan a los caprichos del jefe comunal y no a la igualdad y equidad de la mayoría. Pero aun hay más. A espaldas de esta norma que no llega, Fri según lo acreditan los documentos, se agregó ítems a su sueldo para cobrar una diferencia que no establece ninguna ordenanza municipal.
La presidenta del Concejo dejó en manos de la Asesora de “ambos poderes”, Dra. Fabiana Uribe la presentación de la documentación solicitada. A esto nos preguntamos ¿Qué va a presentar? Porque hasta donde esta documentado no habría marco que ampare la decisión. Como justificara por ordenanza el nombramiento de Domingo Sóla como Secretario de Gobierno?. Cuando realice el informe de los ítems que integra el sueldo del Intendente y el secretario no puede obviar que están cobrando desde enero ítems que no fueron aprobados por ordenanza.
Ahora y para finalizar hay que estar atentos porque la primicia es que a partir de este mes por orden de la asesora el plus que se vendrían cobrando sin marco legal debe dejarse sin efecto. Ahora queda demostrado la operatoria que cada día que pasa se desnuda un poco más.
1 comentario:
Me podrias explicar como es que Sola cobra el sueldo de rentas pero no trabaja, que es ñoqui u otro arreglo con el intendente?
Porque ahora ocupa el cargo de Juez suplente pero desde que renuncio como Secretario no aparecio más a la municipalidad.
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