jueves, 4 de septiembre de 2014
RIO MAYO: SUSPENSION DE JUICIO A PRUEBA POR HOMICIDIO CULPOSO
Por pedido del abogado defensor Manuel Mauriño, con acuerdo del Ministerio Publico
Fiscal, el juez Daniel Pérez resolvió hacer lugar la suspensión de juicio a prueba respecto de
Fernando Nelson Bordón (47) imputado por el delito de homicidio culposo.
El tiempo de suspensión, será por el termino de dos años y deberá someterse al cumplimiento
de reglas de conducta .
Los familiares de la víctima, no aceptaron el ofrecimiento de reparación económica ofrecida
por el imputado.
En la sala de audiencias de la oficina judicial de Sarmiento, se desarrollo una audiencia
preliminar de juicio, en el marco de una causa por homicidio culposo, donde resulto imputado
el médico Fernando Bordón.
El acto judicial fue presidido por el juez Daniel Pérez. La parte acusadora, estuvo representada
por la Fiscal Laura Castagno. El acusado, en tanto, recibió el asesoramiento de los abogados
particulares, Manuel Mauriño y Cesar Herrera
En la oportunidad, la parte de la defensa requirió al magistrado la suspensión de juicio a
prueba, manifestando que en este caso se dan los extremos requeridos por la norma.
Asimismo, solicito que el imputado se someta a reglas de conducta que imponga el juez de la
causa, y ofrecieron una reparación económica en favor de la víctima, por una suma de cuatro
mil pesos.
Por su parte, la fiscal Castagno, luego de dialogar con los familiares de la víctima, adhirió a
la petición de la defensa, aunque solicitando que el plazo de suspensión del debate, sea de tres
años, en función de la gravedad del hecho.
En este contexto, los padres de la victima expresaron que estaban de acuerdo con la propuesta
de la defensa con respecto a la suspensión, pero no con la reparación económica.
En sentido el magistrado les indico que ante su disconformidad, podían accionar civilmente
para el reclamo de los daños y perjuicios, que consideren pertinentes.
Finalmente, el juez resolvió hacer lugar a la suspensión de juicio a prueba respecto de
Fernando Bordón, por el termino de dos años.
Con respecto a las reglas de conductas, el médico deberá fijar domicilio, comparecer una vez
cada cuatro meses ante el servicio de patronato de Sarmiento, y no cometer nuevos delitos.
Asimismo, se informo que si se registra un incumplimiento de las reglas de conducta, el
proceso se reanudara.
Los Hechos
El día 11 de octubre del 2012, la menor Luciana Virginia Torres, fue llevada por sus padres,
al Hospital Rural de la localidad de Río Mayo, porque presentaba sus ojos inflamados,
decaimiento, no podía caminar, dolores en el pecho y falta de apetito.
En este contexto, fue atendida por la médica pediatra, Paula Uribe quien mandó a realizar
placas radiográficas, por los ruidos que presentaba la niña, al momento en que la médica le
coloco el estetoscopio.
Luego, la profesional le habría manifestado a la madre de la menor, que las placas estaban
bien y que la niña presentaba bronquiolitis. Por este motivo, decidió medicarla con
Ibuprofeno y Amoxilina.
Al día siguiente, aproximadamente a las 02:00 horas, la niña fue a llevada nuevamente a la
guardia del Hospital, porque presentaba con un fuerte dolor en el pecho.
En esa oportunidad, fue asistida por la enfermera Eva Sofía Mendoza. La enfermera se
comunicó telefónicamente con el médico Fernando Nelson Bordón, quien se encontraba a
cargo de la guardia.
En este sentido, se informó que el profesional no acudió al nosocomio y solo le indicó a la
enfermera, cual era la medicación que debía aplicar. En tanto, la menor regreso al domicilio
por sus padres.
El desenlace de la situación ocurrió ese mismo día, cuando la niña fue ingresada
nuevamente a la guardia del nosocomio y finalmente a las 13:50 falleció por paro
cardiorrespiratorio no traumático, debido a neumonía intersticial e infarto hemorrágico.
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