Texto ordenado de la norma que da sustento a la nota
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ORDENANZA Nº 1343/2007 HCD
VISTO:
La Nota Nº 11/07 del EM en relación al Convenio Suscripto con Vialidad Provincial para la Adquisición de adoquines y el Convenio firmado con el Sr. Gobernador de la Provincia; y
CONSIDERANDO:
· QUE la Municipalidad aportara mensualmente la cantidad de dos módulos para la adquisición de la materia prima necesaria para el armado de los adoquines, fijando el valor para cada modulo en pesos Un Mil Cincuenta y Uno ($ 1.051,00).-
· QUE Vialidad Provincial hará entrega de cuatro mil Adoquines de hormigón (4.000) por modulo aportado por el municipio.-
· QUE la adquisición de adoquines permitirá proyectar el mejoramiento de las calles de la localidad y por ende la calidad de vida de los habitantes.-
· QUE para la colocación de los mismos se contará con el asesoramiento técnico de Vialidad Provincial, generándose trabajo genuino en la localidad.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RÍO MAYO EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIERE LA LEY 3098 SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1°) APROBAR el Convenio firmado entre la administración de Vialidad Provincial representada por su Presidente el Ing. Patricio Musante, la Municipalidad de Río Mayo representada por el Intendente Municipal Prof. Gabriel Salazar, y en presencia del Sr. Gobernador de la Provincia, Don Mario Das Neves para la adquisición de adoquines de hormigón tipo UNI 22,5 x 11,25 cm..-
Art. 2°) AUTORIZAR el aporte mensual de dos módulos (2), los que serán descontados de los montos que le corresponden al Municipio en condición de Coparticipación y depositados en la cuenta Nº 0200205/4 “FONDOS DE VIALIDAD” del Banco del Chubut S.A; teniendo cada módulo el valor de pesos un mil cincuenta y uno ($ 1.051,00); debiéndose recepcionar por módulo aportado, cuatro mil adoquines (4.000).-
Art. 3°) Regístrese, Comuníquese, Dese a Publicidad, y Cumplido Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RÍO MAYO A LOS DIESIOCHO DÍAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL SIETE
Refrendados por los ediles Alejandro Avendaño, Ana M. Wolf, Silvia Girardi (PJ), Dionisio Delgado (U.C.R) y Heriberto Quilapán (P.A.Ch).
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Claro esta que el entonces Concejal y ahora Intendente Rubén Carlos Fri no estaba en Enero de 2007, no firmó, ya era candidato?.
No todo termina ahí, desde septiembre de 2007 esta disponible los fondos para dar una solución a los habitantes que fueron perjudicados por la Cooperativa Andino Forestal Patagónica (CO.FA.PA).
Texto de la ORDENANZA MUNICIPAL Nº 1393/2007 HCD
VISTO:
La situación de los beneficiarios de prestamos individuales otorgados por el IPV y DU con COFAPA, La Nota Nº 242/07 del EM y el Convenio Compromiso firmado entre el IPV y DU representado por su presidente Ing. Civil Gustavo García Moreno y la Municipalidad de Río Mayo representada por el Intendente Municipal Prof. Gabriel P. Salazar tendiente a la ejecución de una Obra Delegada con recursos FO.NA.VI; y
CONSIDERANDO:
· QUE a raíz de los inconvenientes surgidos con la Cooperativa Forestal Andino Patagónica (COFAPA) los beneficiarios no pudieron concretar la ejecución de las viviendas.-
· QUE el presente Convenio se celebra para la ejecución de una obra delegada, con asistencia financiera del Instituto con recursos FO.NA.VI, en el marco de la operatoria para la ejecución de la “Obra 8 viviendas de 2 dormitorios e infraestructura” dando una solución prioritaria a los damnificados.-
· QUE el IPV y DU aportará la suma de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SETENTA Y UNO con OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS ($553.071,84) para la Obra.-
· QUE la Municipalidad se compromete a ejecutar la obra por sí o por terceros en la localización por ésta predeterminada, según se establece en la cláusula 2º de dicho convenio.-
· QUE los beneficiarios amortizarán la vivienda que se les adjudique en forma directa con el IPV y DU, en el plazo previsto originalmente.-
· QUE en virtud de la cláusula octava éste Cuerpo Deliberativo ve con agrado la aceptación del presente convenio compromiso a fin de dar soluciones a los problemas habitacionales de los vecinos de la localidad.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RÍO MAYO EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIERE LA LEY 3098 SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1°) APROBAR el Convenio Compromiso firmado entre el IPV y DU representado por su Presidente Ing. Civil Gustavo García Moreno y la Municipalidad de Río Mayo representada por el Intendente Municipal Prof. Gabriel P. Salazar tendiente a la ejecución de la Obra “8 viviendas de 2 dormitorios e infraestructura” en la localidad.-
Art.2°) FACULTAR al Ejecutivo Municipal a contratar en forma directa la mano de obra para la construcción de las viviendas del Convenio objeto de la presente.-
Art.3°) Regístrese, Comuníquese, Dese a Publicidad, y Cumplido Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RÍO MAYO A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE.
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Claro otra vez no refrendó Ruben Fri la Ordenanza, el justificativo estaba plasmado en un acta que proponía no asistir a sesionar junto a su para de la U.C.R Dionicio Delgado. Si asistieron a la sesión, Alejandro Avendaño, Ana M. Wolf, Silvia Girardi (PJ), Raúl H. Hermida (U.C.R) y Heriberto Quilapán (P.A.Ch).
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