miércoles, 25 de mayo de 2011

Lo asesinó a golpes y proponen una reparación de 1.000 pesos

EL CASO OCURRIO EL AÑO PASADO EN RIO MAYO Y FUE CALIFICADO COMO HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL

José Tiburcio Maldonado mató con golpes de puño a Oscar Humberto Ortiz y la causa fue calificada como homicidio preterintencional ya que la víctima falleció luego de 75 días de agonía. Durante la audiencia preliminar las partes acordaron la aplicación de una suspensión de juicio a prueba por el término de un año y medio, a lo que se le agregó una reparación económica de 1.000 pesos. Antes de rubricar ese acuerdo, el juez quiere escuchar a los familiares de la víctima.
La audiencia preliminar contra José Tiburcio Maldonado se llevó a cabo el lunes en la Oficina Judicial de Sarmiento y fue presidida por el juez penal, Alejandro Rosales. En ese contexto el defensor público, Miguel Moyano, le hizo saber al magistrado que había llegado a un acuerdo con el Ministerio Público Fiscal para la aplicación del instituto de la suspensión de juicio a prueba.

Al respecto se indicó que el plazo acordado de la suspensión es de 18 meses, tiempo en el cual Maldonado deberá cumplir una serie de reglas de conducta y hacer efectiva una reparación económica de 1.000 pesos.

El homicidio tuvo como víctima a Oscar Humberto Ortiz y ocurrió en Río Mayo, durante la tarde del 22 de marzo del año pasado.

Según la información a la que pudo acceder Diario Patagónico, la víctima se encontraba con dos amigos frente al antiguo circuito de kárting de la localidad de Río Mayo, sobre la calle 25 de Mayo sin numeración. Allí también se encontraba Maldonado, con quien discutió por cuestiones que no trascendieron y éste le aplicó una serie de golpes de puño, con los que lo arrojó al suelo y allí continuó pegándole.

AGONIZO 75 DIAS

Ortiz terminó muy mal y debido a las lesiones que presentaba se decidió su traslado al Hospital Regional de Comodoro Rivadavia, donde recibió asistencia médica y quedó internado en terapia intensiva. La víctima agonizó durante 75 días y finalmente el 5 de junio de 2010 se produjo su fallecimiento.

La causa fue caratulada como homicidio preterintencional, delito que está normado en el artículo 81 b del Código Penal Argentino y en el cual se fija reclusión de 3 a 6 años o prisión de 1 a 3 años al que, con el propósito de causar un daño en el cuerpo o en la salud, produjere la muerte de alguna persona, cuando el medio empleado no debía razonablemente ocasionarla.

A todo esto la investigación de la causa avanzó, la Fiscalía presentó su acusación pública y finalmente se produjo la audiencia preliminar, instancia en la que se dio a conocer el acuerdo al que arribó la Defensa Pública y el Ministerio Fiscal, planteándose con él una suspensión de juicio a prueba por un año y medio. Es decir, poner a prueba al imputado durante ese tiempo y para el caso de que cometiera un nuevo delito, entonces allí avanzar con el juicio antes suspendido.

En ese acuerdo también se propuso que cumpla con una serie de medidas de conducta y a modo de reparación que haga efectivo el pago de 1.000 pesos.

En la audiencia, la jefa de fiscales de Sarmiento, Andrea Vázquez manifestó que no se oponía a lo solicitado por el defensor público y agregó que el acusado debía someterse al control del patronato de liberados de Comodoro Rivadavia cada cuatro meses.

A todo esto el acusado confirmó que entendía la medida solicitada y estaba de acuerdo con ella, pero antes de homologar el acuerdo, el juez Alejandro Rosales convocó a una nueva audiencia para darle la posibilidad a los familiares de la víctima a expresar o no su consentimiento.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Otra pena ridícula!!!
La población es de cuarta parece y no se merece una justicia mejor... ni un gobierno mejor (que pensará que no es su tarea el bienestar y la seguridad)

La lista de hechos sangrientos sin resolver es interminable en este "tranquilo" pueblito patagónico.

Quisiera ver cuando el pueblo se levante para reclamar seguridad!!